El Convenio Centroamericano de Libre Movilidad (CA-4)

El Convenio Centroamericano de Libre Movilidad (CA-4), nace por Acuerdo Presidencial firmado entre los presidentes de El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, con el objetivo de permitir el tránsito intrarregional de los nacionales de los países signatarios entre dichos países, sin necesidad de utilizar pasaporte y con instrumentos migratorios de trámite expedito.
El CA-4 fue incorporado en 1991 al Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) y está llamada a desempeñar un rol significativo en materia migratoria dentro del SICA.
El Directorio CA-4: conformado por las Directoras y los Directores de Migración de los países parte, en calidad de representantes titulares:
La Presidencia Pro Tempore (PPT): asumida por cada país miembro del CA-4 para representar al Directorio, por el período de 6 meses, en forma rotativa y en orden geográfico.
La Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana (SG-SICA): es la garante de que el CA-4 desempeñe un rol significativo en materia migratoria dentro del Sistema de la Integración Centroamericana y garantiza el mantenimiento de su sostenibilidad y la fuerza política y jurídica de sus acuerdos, así como la demanda de su cumplimiento.
La Secretaría Técnica (ST): a cargo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) en su carácter de organismo internacional especializado y funge como organismo de cooperación y asesoría. Además, gestiona y desarrolla proyectos e iniciativas sobre la materia migratoria, da seguimiento a los acuerdos suscritos y organiza sus reuniones.
Las Comisiones Técnicas (CT): conformada por personal técnico de las Direcciones e Institutos de Migración, quienes son los coordinadores del trabajo del CA-4.
Países y Organismos Observadores: actualmente las Direcciones e Institutos de Migración de los países miembros de la OCAM participan en calidad de observadores.