El Consejo de Ministras de la Mujer (COMMCA) es el órgano político superior en materia de los derechos humanos de las mujeres y la equidad e igualdad entre los géneros del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA).

Según el Reglamento de Organización y Funcionamiento, le corresponde al COMMCA, la ejecución eficiente de los Acuerdos, Resoluciones, Decisiones y Declaraciones adoptadas por las y los Presidentes y Jefes de Gobierno, en lo que concierne a su materia de competencia. El COMMCA se reunirá de forma ordinaria, por lo menos dos veces al año, y de forma extraordinaria, en cualquier momento y lugar. Los temas a considerar en la Reunión Ordinaria deberán cumplir, al menos dos de los criterios siguientes:

  • Análisis regional de riesgos y situaciones en materia de igualdad y equidad de género, especialmente los que requieran un abordaje intersectorial.
  • Fortalecer la Rectoría Regional en materia de igualdad y equidad de género.
  • Contribuir al Desarrollo Humano de las Mujeres y a la Integración Centroamericana.
  • Reforzar el posicionamiento del tema de igualdad y equidad de género en la Agenda de la Cumbre de Presidentes.
  • Toma de posición regional sobre temas de igualdad y equidad de género en la región Centroamérica que serán discutidos en foros Internacionales.
  • Selección y toma de decisiones sobre las iniciativas y proyectos regionales que han sido previamente evaluados y discutidos por el Comité Técnico, Comisión Intersectorial o Ad Hoc del COMMCA.
  • Seguimiento a Acuerdos, Resoluciones, Decisiones y Declaraciones y aspectos administrativos del Consejo y la Secretaría Técnica de la Mujer.
  • Contribuir a fortalecer la rectoría en materia de igualdad y equidad de género de las instancias nacionales de las mujeres integrantes del COMMCA.
  • Cualquier otro tema que fuese acordado por las Ministras de la Mujer o las representantes nacionales debidamente acreditadas.

La Presidencia Pro Témpore es la función que ejerce un Estado Parte del SICA, de articulación entre los gobiernos y los órganos e instituciones del Sistema, para el desarrollo continuado de la Agenda de la Integración Regional, durante un período de seis meses según el orden de rotación establecido en su reglamento.

La Presidencia Pro-Témpore se asignará en forma rotativa, por el periodo de seis meses. En caso de que esta presidencia recaiga sobre un Estado que expresamente presente indisposición para el ejercicio de este cargo, deberá presentar al Consejo de Ministras su excusa por escrito y el Consejo tomará estrictamente por consenso la decisión de trasladar la presidencia a otro país miembro.

Boletín Informativo de la Secretaría General del SICA